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El IEEG sí puede actuar de oficio contra precampañas, pero consejeros tienen miedo



Palabras Mayores


Por Jorge Romero Rendón

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     Las muy anticipadas precampañas que violan la ley, pero que mañosamente disfrazan de “informes” algunos funcionarios estatales, legisladores locales y federales para posicionarse como aspirantes a nuevos puestos de elección popular, no son retiradas por el Instituto Electoral estatal (IEEG), porque los consejeros tienen miedo de “molestar” a futuros influyentes, mientras que los partidos políticos se desentienden de su obligación de poner orden.

     En el ambiente de una adelantada lucha por las candidaturas a senadores, a diputados federales y locales y a alcaldes, varios de ellos están violando la ley al hacerse propaganda mediante spots de radio y televisión, carteles y lonas espectaculares, con el sobado recurso de presentar sus “informes” legislativos.

     Los informes de los legisladores son válidos, pero la ley es muy clara al especificar que solo podrán publicitarse 7 días antes y 5 días después del acto mismo del informe, y no deben rebasar el ámbito regional de su distrito –ahí está el caso de Armando Ríos Piter, por ejemplo, que se salió de la Costa Grande e invade todo el estado con su publicidad-. Por eso es que los diputados y senadores que hacen propaganda evitan mencionar la fecha de su informito, precisamente para evitar sanciones.

     Sin embargo, lo que debe quedar claro es que toda la propaganda que han difundido ciertos aspirantes está violando tanto la Ley Electoral como la Constitución General del Estado de Guerrero, y podrían ser sujetos de juicio político si la autoridad electoral y si el Congreso del Estado se decidieran a tomar cartas en el asunto. Porque pueden actuar de oficio, sin necesidad de esperar a que alguien presente quejas al respecto.

     Lo malo es que los consejeros electorales se escudan en que debe haber denuncias, como lo ha expresado el consejero presidente del IEEG, César Gustavo Ramos Castro. A lo que se opone el consejero responsable de atender las quejas, Arturo Pacheco Bedolla, quien reconoce que ese órgano electoral sí tiene facultades legales para actuar de oficio contra aspirantes anticipados y sobre todo para retirar todos los mensajes de propaganda, pero tampoco actúa.

     Y menos cuando la permanencia de los consejeros ha dependido del favor de los partidos, de los diputados y de los alcaldes. Son demasiados favores que agradecer…

     Lo peor es que los consejeros electorales se resisten a entablar polémica con los partidos políticos, bajo el argumento de que “hay violaciones de la ley por parte de personajes de todos los partidos”, por lo que ningún dirigente se atreverá a tirar la primera piedra. ¿Todos coludos?

     Y en el colmo de la paradoja, diputados del Congreso local se aventaron la puntada de hacerle un exhorto al IEEG para que detenga las campañas anticipadas… cuando al menos una docena de los diputados que lo firmaron están haciendo propaganda de precampaña y violando la ley. ¿Cinismo o candor?



Poniendo las cosas en orden…



     Si usted revisa la legislación electoral y los documentos básicos de los partidos políticos, se encontrará tres sorpresas que confirman cómo se pueden detener las precampañas que NO quiere tocar el IEEG:

     1.- Las precampañas sí están reguladas por la Ley Electoral, y por los propios partidos.- Independientemente del método que cada partido político decida aplicar para asignar las candidaturas que serán votadas en julio del 2012, existe un calendario electoral en el que se tiene previsto un período oficial de precampaña con duración de 21 días, ceñido al ámbito y a los espacios de cada partido, y que puede llevarse a cabo entre enero y junio del 2012.

     Las fechas concretas en que podrán hacerse esas precampañas oficiales las determinará cada partido en la convocatoria pública respectiva. De ahí en fuera, todo acto anticipado de campaña (así se le denomina a las precampañas en boga) viola la ley, y quien lo haga puede ser sancionado de diversos modos, incluyendo la negativa para ser registrado en un proceso interno e incluso la negativa de otorgársele la candidatura a que aspire.

     2.- Los partidos políticos también pueden detener las precampañas anticipadas.- Por ley, los partidos tienen la obligación de vigilar a sus militantes –esto le debe interesar a Efrén Leyva del PRI y a Carlos Reyes del PRD, principalmente-, por lo que en estos momentos deberían tomar cartas en el asunto de los actos anticipados de campaña, ordenando a sus aspirantes que retiren su propaganda e imponiendo la disciplina interna.

     En caso contrario, los partidos políticos también pueden ser sancionados conjuntamente con los aspirantes, con multas y hasta con la negativa de registro de ciertos candidatos.

     3.- Los funcionarios públicos que aspiran a candidaturas deben ser vigilados por la Contraloría General del Estado.- Toda promoción personal de servidores públicos en el contexto preelectoral es un acto anticipado de campaña que viola la ley, y que debe ser regulado o hasta sancionado por la Contraloría. Con mayor razón al existir el riesgo de que se usen recursos públicos, pues en este caso no solo se viola la Ley Electoral, sino la Constitución del Estado y la sanción puede llegar incluso al juicio político.

     Pero ¿quién tirará la primera piedra? El IEEG debe asumir una posición firme, apegada a la ley, para actuar en forma equitativa para evitar desorden, ilegitimidad y desconfianza en el proceso electoral que se avecina.

     Ramos Castro y Pacheco Bedolla junto al resto de los consejeros electorales ya lograron quedarse en sus puestos por otro año. Pero ¿valió la pena tanto esfuerzo legal y parlamentario para mantenerlos allí y para que sigan cometiendo los mismos errores y desprestigiando más a la autoridad electoral?

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