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DIVULGA INSTITUTO ELECTORAL DE GUERRERO REGLAS PARA CANDIDATURAS CIUDADANAS



IEPC APRUEBA REGLAS PARA CANDIDATOS INDEPENDIENTES.

*Entre lo aprobado se encuentra la convocatoria, porcentaje de apoyo ciudadano, tope de gastos, entre otros.

El Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Guerrero (IEPC), aprobó la convocatoria, el número de personas requeridas para obtener el porcentaje de apoyo ciudadano, tope de gastos para recabar el apoyo respectivo, el modelo único de estatutos y los formatos que podrán utilizar los ciudadanos interesados en postularse como candidatos independientes, en el Proceso Electoral Ordinario de Gobernador, Diputados y Ayuntamientos 2014-2015.

Lo anterior fue aprobado durante el desarrollo de la décima primera sesión extraordinaria, celebrada ayer en las instalaciones del órgano electoral y  en base a lo establecido en la Ley Número 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero.

De esta forma, para la candidatura de Gobernador del Estado, los interesados deben tener el apoyo de cuando menos el 3% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores con corte al 31 de agosto del 2014, los cuales deben ser de por lo menos 41 municipios, que sumados sean el 3% de ciudadanos de la lista nominal de electores en cada uno de ellos.

Mientras que para la fórmula de diputados de mayoría relativa, el respaldo deberá ser del 3% de la lista nominal de electores correspondiente al distrito electoral en cuestión, con corte en la fecha referida con antelación, y deben pertenecer como mínimo a la mitad de las secciones electorales que sumen el 3% de la lista nominal de electores en cada una de ellas.

Por último, en el caso de miembros de Ayuntamientos, también deben ser respaldados por el 3% de la lista nominal de electores correspondiente al municipio de que se trate, integrada por ciudadanos de las secciones electorales que sumen el 3% de la lista nominal de electores en cada una de ellas. Cabe resaltar que la cifra exacta de los porcentajes señalados, puede ser consultada en la página de este órgano electoral  www.iepcgro.mx.

Durante esta sesión, también se estableció el periodo de acceso conjunto a radio y televisión de los partidos políticos registrados ante el IEPC, durante las precampañas; así como el catálogo cartográfico del estado de Guerrero, para el presente proceso electoral.


Además se informó al pleno, lo relativo al estadístico del padrón electoral y lista nominal de electores con corte al 31 de octubre, remitido por la Junta Local Ejecutiva del INE. El fenecimiento del término de ley para el registro de los convenios de coalición para la elección de gobernador.

Y la entrega formal a este instituto del acuerdo INE/CG220/2014, por el que se establecen los lineamientos y criterios generales de carácter científico que deberán observar las personas físicas y morales que pretendan ordenar, realizar y/o publicar encuestas por muestro, encuestas de salida y/o conteos rápidos que tengan como fin dar a conocer preferencias electorales, así como preferencias sobre consultas populares, durante los procesos electorales federales y locales.

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