Baldemar Gómez Roque
Tecoanapa Gro, a 2 de julio del 2017.-Hoy domingo se lleva a cabo la toma de protesta-cambio de bastón de mando de los 49 comisarios, que conforman este municipio denominado "flor de la Jamaica", mismo que fungirán como autoridad municipal del periodo julio del 2017, a julio 2018. En calma y sin contratiempo alguno, se realizaron las elecciones de comisarios municipales en Tecoanapa. Informó el alcalde René Morales Leyva.
La toma de protesta es a las nueve de mañana, donde va estar todo el cabildo; entre ellas se va hacer presente la presidenta del DIF municipal, Teodosia Luna Ponce, y los regidores como Albina Ramírez Jijón, encargada de educación, recreación y espectáculo, Sófocles Ramírez Ríos, encargado de salud pública municipal y asistencia, Neustraliano García Castro, encargado de ecología, y la sindica municipal María de Jesús López Moral, Lucia Morales Chávez, encargada de desarrollo rural…..etc…
Como se recordará, las elecciones de los comisarios se plasmas en la Ley Orgánica del Municipio libre del Estado del Guerrero capítulo II, todo en relación de las comisarias y delegaciones municipales. Se plasma el artículo 197; donde las comisarías municipales son órganos de desconcentración administrativa de los Ayuntamientos y de la administración municipal y de participación de la comunidad, de integración vecinal y de carácter honorífico.
ARTICULO 198
Los comisarios municipales, los comisarios suplentes y los comisarios vocales serán electos mediante procedimientos de elección vecinal y por planilla, durante la última semana del mes de junio del año en que deban renovarse, y se votarán según lo establecido en este Capítulo.
ARTICULO 199
La administración de las comisarías estará a cargo de un comisario propietario, de un comisario suplente y de dos comisarios vocales. En las poblaciones que se reconozcan como indígenas, los comisarios municipales o delegados se elegirá un propietario y un suplente en la segunda quincena del mes de diciembre de cada año mediante el método de sus usos y costumbres, mismos que deberán tomar protesta ante la autoridad municipal en la primera quincena del mes de enero, quienes durarán por el periodo de un año. (ADICIONADO TERCER PÁRRAFO, P.O. 30 DE JULIO DE 2010)
ARTICULO 200
Para ser comisario se requiere:-Ser originario del Municipio o tener residencia efectiva en el Municipio que se trate no menor a dos años antes de la elección; y Saber leer y escribir, no pertenecer, ni haber pertenecido al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto; luego de no pertenecer a las fuerzas armadas, ni tener mando de la fuerza pública tres meses antes de la elección, y, no haber sido condenado por delito intencional.
ARTICULO 201
Los comisarios municipales tendrán las siguientes atribuciones, aplicar los bandos, reglamentos y ordenanzas municipales bajo el control del Presidente Municipal; y cuidar el orden público imponiendo las sanciones administrativas y tomando las medidas de seguridad que las leyes, y el bando de policía y buen gobierno previenen; además actuar como auxiliar del Ministerio Público del Fuero Común y de los Síndicos Procuradores cuando sea requerido.
Podrá formular y remitir anualmente al Ayuntamiento el padrón de los habitantes de la Comisaría; y vigilancia en materia de salud pública, sobre todo tratándose de enfermedades infectocontagiosas y epidémicas; informar al Ayuntamiento del estado de los caminos y de la infraestructura de riego, así como de lo relativo al agua potable y drenaje; coordinar los trabajos de consulta popular y de participación de la comunidad en la ejecución de obras y prestación de servicios de beneficio colectivo; llevar a cabo las labores de protección civil en casos de desastre.
Así también, actuar como auxiliar de las autoridades agrarias cuando sea requerido; coadyuvar con las autoridades educativas y sanitarias en el acopio de información estadística así como en el desarrollo de programas sobre educación y salud que se efectúen en su jurisdicción; promover la participación de la comunidad en los asuntos a que se refiere la Ley que Establece las Bases para el Fomento de la Participación de la Comunidad y en particular para la construcción, reparación y mantenimiento de establecimientos escolares y sanitarios.
ARTICULO 74
Luego podrán expedir gratuitamente los certificados requeridos por el Oficial del Registro Civil para acreditar las insolvencias en los casos de inhumación; Aprehender a los delincuentes en caso de flagrante delito y remitirlos a las autoridades competentes; luego presentar a los habitantes de la Comisaría un informe anual de actividades y estado de cuentas de los recursos que hubieren tenido a su cargo y sobre las obras que se le hubieren encomendado, finalizó.
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