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Son de la comunidad de Río de los Fresnos y Arroyos, del municipio de Coyuca de Catalán. Busca grupo de comunitarios registro agrario para establecerse como policía comunitaria

Baldemar Gómez  Roque

Chilpancingo Gro, a  6 de julio del 2017.- Delegado del Registro Agrario Nacional (RAN), Bertín Cabañas López, denuncio que un grupo de comunitarios de la comunidad de Río de los Fresnos y Arroyos, perteneciente al municipio de Coyuca de Catalán, se presentaron a sus oficinas para intentar registrarse como policía comunitaria en ese lugar, situación totalmente irregular, por lo que se les comunicará la negativa a través de un documento que se les entregará en los próximos días.

Ayer por la mañana, llegaron hasta la Delegación del Registro Agrario Nacional (RAN) pobladores de la comunidad Rio Frío de los Fresnos y Anexos, pertenecientes al municipio de Coyuca de Catalán, región de la Tierra Caliente, pretendieron registrar a un grupo de autodefensas, situación que no se les permitió, aunque si se les recibió su solicitud.

El delegado del RAN en Guerrero, explicó que la solicitud entregada por los pobladores de la citada comunidad fue presentada en las oficinas del Registro Agrario Nacional, para su respectiva autorización ante la incesante ola de violencia que priva últimamente en esa zona calentana.

Bertín Cabañas López, aclaró que efectivamente esa institución son acuerdos de ejidatarios de la entidad, pero más no acuerdos de una población porque insistió "una es la asamblea ejidal y la otra es la del pueblo", reiteró. Donde dijo  que en el artículo 23 de la Ley Agraria sólo cuentan con 15 motivos de inscripción de registros que pueden realizar en el Registro Agrario Nacional (RAN) y entre ellos no considera precisamente una agrupación de autodefensas.

Subrayo: "Ni tampoco como lo marca el artículo 108 de la Ley Agraria de que sólo podemos registras agrupaciones económicas como la Sociedad de Solidaridad Social (SSS)y la Sociedad de Producción Rural (SPR); no registramos otro tipo de agrupación".

Subrayó que el artículo número 8 de  la Constitución Política les da el derecho de audiencia, hecho por el que recibieron la solicitud de la autorización del grupo de autodefensa en la comunidad de Rio Frío de los Fresnos y Anexos. Donde  aclaró que se la solicitud que dejaron se la contestarán  pero con una negativa porque insistió en que no es de su facultad autorizar el registro de un grupo de autodefensa en la entidad, finalizó.


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