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Las leyes secundarias en materia de energía, trascendentales para el desarrollo de México

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> * Por: Esteban Valdeolivar.
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> El pleno del Senado mexicano aprobó el primero de cuatro dictámenes con las leyes secundarias de la reforma energética, en el que se incluyen las reglas que deberá seguir quien reciba una asignación o un contrato para explorar y explotar hidrocarburos, así como normas en materia de precios de gasolina y gas, entre otros puntos. 
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> El dictamen —enviado a la Cámara de Diputados para su revisión— contiene la nueva Ley de Hidrocarburos y cambios a las leyes de Inversión Extranjera, Minera y de Asociaciones Público Privadas. 
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> En su conjunto, el paquete de normas secundarias reglamentará la reforma constitucional en materia de energía, promulgada en diciembre de 2013, con la que se abrió el sector a la inversión privada nacional y extranjera. 
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> Las leyes avaladas señalan, por ejemplo, que quien reciba una asignación o un contrato para la exploración y explotación de hidrocarburos tendrá la obligación de elaborar planes sobre sus actividades y someterlos al visto bueno de las autoridades del ramo, así como de entregar toda la información que le sea requerida. 
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> En caso de dar información falsa de forma dolosa, el gobierno federal podrá retirarle la asignación o el contrato.
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> Las asignaciones únicamente podrán ser concedidas a empresas productivas del Estado —como Petróleos Mexicanos (Pemex)—, mientras que los contratos también podrán ser otorgados a particulares. Esta segunda tarea corresponderá a la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH). 
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> La legislación también establece que el terreno de un propietario podrá ser otorgado en asignación o contrato para la exploración y explotación de energéticos, bajo las figuras de servidumbre voluntaria, ocupación superficial u ocupación temporal. 
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> En todos estos casos, el asignatario o el contratista tendrá que llegar a un acuerdo con el dueño de la tierra y de esta manera, los propietarios tendrán asegurados sus derechos. 
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